Características de la factura electrónica en Turquía

La Tax Procedure Law (VUK) de 2010 equiparó legalmente la factura electrónica (e‑Fatura) a la factura en papel y encomendó a la Turkish Revenue Administration – TRA (Gelir İdare Başkanlığı, GİB) su implantación. El despliegue se ha realizado de forma escalonada por sectores y volumen de negocio:

  • 2014: primer gran grupo de obligados.
  • 2016: empresas con ingresos superiores a 10 millones TRY.
  • 2019: empresas que superan los 5 millones TRY.
  • 2022 (julio): umbral rebajado a 4 millones TRY (e‑Fatura y e‑Arşiv) y 10 millones TRY para e‑İrsaliye.
  • 2023 (julio): se incorporan los contribuyentes que facturaron más de 3 millones TRY en 2022.
  • 2023 (septiembre): todas las e‑Fatura y e‑Arşiv deben incluir un código QR.

En el ámbito B2G, desde marzo de 2021 los organismos públicos turcos deben aceptar facturas electrónicas y sus proveedores emitirlas con el código KAMU si ya están registrados en la TRA.

Obligatoriedad

Actualmente están obligadas a emitir y declarar e-Fatura y e-Arşiv todas las empresas que alcancen el umbral fiscal anual fijado por la TRA (3 millones TRY para el ejercicio 2022) o que pertenezcan a sectores expresamente regulados (petróleo, alcohol, tabaco, etc.). Para los contribuyentes no obligados sigue siendo voluntario, salvo que deban declarar operaciones puntuales: facturas superiores a 5 000 TRY o un volumen diario que exceda 30 000 TRY, casos en los que también se utiliza el formato e-Arşiv.

Requisitos previos

Para operar en el sistema turco de factura electrónica la empresa debe:

  1. Registrarse en la TRA con su número fiscal (VKN).
  2. Presentar la documentación societaria exigida (incluida la escritura de constitución notarial).
  3. Obtener un Financial Seal (sello electrónico) emitido por el Consejo de Investigación Científica y Tecnológica de Turquía en coordinación con la TRA.
  4. Configurar sus sistemas para enviar y recibir los mensajes UBL TR a través de un proveedor certificado o una solución propia integrada con la plataforma de la TRA.

Funcionamiento

Turquía aplica un modelo centralizado B2B2G. El emisor transmite la factura al portal de la TRA; tras superar las validaciones, la administración la reenvía al destinatario. Este flujo se replica para la e-Arşiv Fatura (clientes no registrados) y para el e-İrsaliye (albarán electrónico), obligatorio para contribuyentes con ingresos superiores a 10 millones TRY.

Formato de la factura

  • UBL TR 1.2 TEMEL / TİCARET e Fatura (mercado interior).
  • UBL TR 1.2 (exportación).

Firma electrónica

La autenticidad e integridad de los documentos se garantiza mediante el Financial Seal basado en certificados XAdES emitidos para la persona jurídica. La firma es preceptiva tanto en la transmisión a la TRA como en el almacenamiento.

Almacenamiento

Emisor y receptor deben conservar las e-Fatura, e-Arşiv y e-İrsaliye, firmadas digitalmente, durante 10 años.

Control fiscal

El envío directo al destinatario está prohibido: toda factura electrónica debe pasar por la plataforma de la TRA, que aplica controles sintácticos y de negocio antes de poner el documento a disposición del receptor.

 

Preguntas frecuentes

Factura electrónica que se emite a clientes no registrados en la TRA, tanto B2B como B2C. El emisor la declara en el portal TRA y pone una copia a disposición del destinatario.

Es el término genérico para la factura electrónica turca intercambiada entre empresas inscritas en la TRA.

Albarán de entrega electrónico cuyo uso es obligatorio para las empresas obligadas a facturar electrónicamente y para aquellas que superen 10 millones TRY de ingresos anuales.

El código QR permite a la TRA y al receptor validar rápidamente la autenticidad de la e-Fatura o e-Arşiv y facilita la verificación manual en caso de auditoría o entrega física de la factura.

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