Factura electrónica en Togo: nueva obligación prevista en la Ley de Finanzas 2026
Togo avanza en la digitalización de su sistema fiscal con la introducción de la factura electrónica certificada, prevista en la Ley de Finanzas 2026. El nuevo sistema introduce la obligación de emitir facturas electrónicas para determinadas operaciones entre sujetos pasivos de IVA.
En esta fase, el alcance se centra en transacciones B2B entre empresas registradas, así como en los pagos anticipados solicitados por sujetos pasivos cuando generen una obligación fiscal.
La ley define la factura electrónica certificada como aquella creada, transmitida, recibida y archivada electrónicamente, siempre que cumpla los requisitos legales y regulatorios aplicables.
Modelo y formato de la factura electrónica en Togo
El sistema de factura electrónica en Togo podría evolucionar hacia un modelo de Control Continuo de Transacciones (CTC), ya que la normativa prevé la transmisión electrónica de datos a la administración tributaria. No obstante, todavía no se ha confirmado si el envío será en tiempo real, diferido o periódico, ni si existirá validación previa de la factura antes de su entrega al receptor.
No obstante, lo que ya se ha confirmado es que la Oficina Togolesa de Recaudación (OTR) tendrá un papel central en la administración del sistema de facturación electrónica. Además, la OTR podrá establecer una plataforma nacional o aprobar plataformas privadas para la emisión y transmisión de facturas electrónicas. Hasta que el sistema esté completamente desarrollado e implementado, las actuales facturas en papel estandarizadas, conocidas como facture normalisée, seguirán siendo el formato de facturación principal.
Calendario de implementación y fechas clave
La Ley de Finanzas 2026 introduce el marco legal de la factura electrónica certificada en Togo como parte de la reforma fiscal del país. No obstante, su aplicación práctica queda pendiente de desarrollo normativo.
Durante 2026 se establece oficialmente este nuevo marco legal, mientras que los detalles operativos deberán definirse en reglamentos posteriores. Entre los aspectos aún pendientes se encuentran las especificaciones técnicas, el calendario de implementación, los contribuyentes afectados y los procedimientos de transmisión de la información.
Por el momento, las autoridades togolesas no han confirmado el alcance definitivo de la obligación ni las fechas concretas de entrada en vigor.
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